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martes, 31 de enero de 2012


La organización Sayco – Acinpro recaudará los pagos por derechos de autor mientras dura la suspensión a Sayco


Bogotá, Enero 31 de 2012. La Dirección Nacional de Derecho de Autor informa a la  opinión pública las orientaciones que se deben tener presente para cumplir con los pagos por concepto de derecho de autor durante el mes que dura la suspensión de la personería jurídica y la autorización de funcionamiento de la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia (SAYCO):


1.  Mediante Resolución 014 del 19 de enero de 2012, la Oficina Asesora Jurídica de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, sancionó a la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia (SAYCO) con multa de cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes y suspensión de la personería jurídica y la autorización de funcionamiento por el término de un (1) mes.


2.  En tanto SAYCO no interpuso recursos en vía gubernativa en contra de la  Resolución 014 del 19 de enero de 2012, dicho acto administrativo queda en firme a partir del 30 de enero de 2012.


3.  En virtud de lo anterior, a partir del 31 de enero de 2012 y hasta el 29 de febrero de 2012, SAYCO no podrá gestionar los derechos de sus asociados.


4.  Los derechos de los autores compositores y demás titulares afiliados a SAYCO no deben afectarse por la suspensión de la personería jurídica y la autorización de funcionamiento de SAYCO.


5.  La Dirección Nacional de Derecho de Autor, mediante Resolución 021 designó a la entidad recaudadora “Organización Sayco-Acinpro (OSA)” para que desde el 31 de enero de 2012 y hasta el 29 de febrero de 2012, realice el recaudo de las remuneraciones derivadas de los derechos que gestiona directamente la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia (SAYCO).


6.  Los empresarios y organizadores de espectáculos públicos, tales como conciertos, carnavales, festivales, ferias y reinados, entre otros, así como los responsables de organismos de radiodifusión y ciudadanos que requieran acreditar pagos por concepto de derecho de autor ante autoridades administrativas, lo podrán hacer con el comprobante expedido para el efecto por la “Organización Sayco - Acinpro (OSA)”.


7.  De igual forma, las autoridades administrativas encargadas de verificar el cumplimiento de las obligaciones relativas al respeto por el derecho de autor lo podrán hacer con el comprobante expedido por la Organización Sayco -  Acinpro.

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